Seguramente antes de decidirte por un restaurante, un producto o un alojamiento en concreto has buscado en Google reseñas sobre el producto o servicio que te ayuden en la toma de la decisión final.
Nuestros hábitos de consumo se ven ampliamente influenciados por las opiniones de otros usuarios. De hecho, se ha demostrado que casi el 90% de los consumidores online deciden su compra influenciados por la opinión previa de otros usuarios.
Esta nueva práctica, lleva a que los usuarios puedan efectuar sus compras con mayor información, pero también al nacimiento de reseñas falsas que puedan acarrear consecuencias negativas para empresas y consumidores. Por ejemplo, con la inclusión de reseñas falsas o pagadas por el fabricante que insten a la compra de productos o, por el contrario, reseñas falsas publicadas por otras empresas en la búsqueda del perjuicio al competidor.
Cambios legales para evitar las reseñas falsas
Como consecuencia de esta problemática y con el objetivo de poner fin a prácticas desleales en el mercado, como son la publicación de reseñas falsas online, Consumo ha elaborado un anteproyecto de Ley mediante el cual se reforme el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y se transponga al ordenamiento español la Directiva 2019/2161 de la Unión Europea.
El citado anteproyecto incorpora nuevas medidas para paliar estas prácticas, entre las que se encuentra la obligación para el empresario de garantizar que las reseñas y valoraciones que aparecen en su sitio web correspondan a consumidores que realmente hayan utilizado o adquirido el bien o servicio.
Nuevos controles para buscadores online como Google
Otra de las medidas destinadas a poner fin a prácticas desleales, es el establecimiento de la obligación para buscadores online de ofrecer información sobre los parámetros utilizados para la clasificación de bienes y servicios que deciden el orden de los resultados que aparecen en el buscador.
Es decir, el anteproyecto pretende que los buscadores online tengan que mostrar la descripción de los parámetros que han utilizado para establecer la clasificación de sus resultados para que, de este modo, pueda existir un control sobre el modo de otorgar puntuaciones y valoraciones a los distintos competidores y se informe correctamente a los usuarios de cuando un contenido que está mejor posicionado en el buscador corresponda al pago de publicidad.
Esta medida que no ha tenido buena acogida en los buscadores en línea como Google, que ha manifestado que ofrecer información sobre sus parámetros implica exponer parcialmente su algoritmo.
No obstante, esta regulación se encuentra en línea con las pautas ofrecidas desde la Comisión Europea en las Directrices sobre la transparencia de la clasificación con arreglo al Reglamento (UE) 2019/1150 del Parlamento Europeo y del Consejo en la que solicita a los buscadores en línea que revelen los factores de clasificación a los usuarios en una ubicación de fácil acceso en su página web y los actualicen cada vez que se produzca un cambio relevante en los algoritmos.
Nuevo régimen sancionador
El anteproyecto establece la competencia para Consumo de aplicar un régimen sancionador ante fraudes masivos que atenten contra la competencia y unidad de mercado.
Las sanciones previstas abarcan hasta un millón de euros u 8 veces el beneficio ilícito obtenido, en caso de infracciones cometidas en territorio nacional, y hasta el 4% del volumen de facturación en caso de compañías que cometan la infracción en varios Estados Miembros.